Calendario laboral 2009 de Extremadura

El calendario laboral 2009 de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado el 20 de junio de 2008, por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura, determina la fecha de las doce fiestas laborales para el año 2009 en la de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Dichas fiestas laborales son las siguientes:

  • Día 1 de enero, jueves: Fiesta de Año Nuevo. Es día festivo en toda España.
  • Día 6 de enero, martes: Día de la Epifanía, es decir, de la Adoración de los Reyes Magos. Es día festivo en la Comunidad Autónoma de Extremadura y en otras comunidades autónomas.
  • Día 9 de abril, jueves: Festividad del Jueves Santo. Es día festivo en la Comunidad Autónoma de Extremadura y en otras comunidades autónomas.
  • Día 10 de abril, viernes: Festividad del Viernes Santo. Es día festivo en toda España.
  • Día 1 de mayo, viernes: Fiesta del Trabajo. Es día festivo en toda España.
  • Día 15 de agosto, sábado: Festividad de la Asunción de la Virgen. Es día festivo en toda España.
  • Día 8 de septiembre, martes: Día de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Es la fiesta de Extremadura.
  • Día 12 de octubre, lunes: Fiesta Nacional de España. Es día festivo en toda España.
  • Día 1 de noviembre, domingo: Festividad de Todos los Santos. Es día festivo en toda España.
  • Día 6 de diciembre, domingo: Día de la Constitución Española. Es día festivo en toda España.
  • Día 8 de diciembre, martes: Festividad de la Inmaculada Concepción. Es día festivo en toda España.
  • Día 25 de diciembre, viernes: Navidad. Es día festivo en toda España.

La Comunidad Autónoma de Extremadura traslada el descanso laboral correspondiente al día 1 de noviembre, al lunes día 2 de noviembre, y el correspondiente al día 6 de diciembre se disfrutará el lunes día 7 de diciembre,por coincidir estas fiestas con domingo.

Además de estas doce fiestas, y conforme a la propuesta que haga cada municipio extremeño, a la presente lista de fiestas laborales se le pueden añadir hasta dos fiestas locales, que serán igualmente no recuperables y pagadas.

Por tanto, el número máximo de fiestas en el calendario municipal puede ser de catorce fiestas laborales durante el año 2009.

El Decreto 125/2008, de 20 de junio, que determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2009 ha sido publicado en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) número 123 de 26/06/2008 y puede descargarse en formato PDF desde el siguiente enlace:

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