La Vicepresidencia Primera y Portavocía del Gobierno ha promulgado el DECRETO 131/2007, de 27 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen las fiestas laborales para el año 2008 en la Comunidad de Madrid.
Reproducimos aquí dicho decreto, publicado en el B.O.C.M. (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid), Número 231 del viernes 28 de septiembre de 2007:
La Ley 8/1984, de 25 de abril, declarando Fiesta de la Comunidad de Madrid la jornada del 2 de mayo y el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, modificado por el artículo único del Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre, y declarado expresamente en vigor por la disposición derogatoria única del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, establecen las decisiones que puede adoptar la Comunidad de Madrid en relación con la celebración en su territorio de las fiestas laborales de ámbito nacional.
En su virtud, oídos los Grupos Parlamentarios de la Asamblea de Madrid, la Iglesia Católica y las instituciones económicas y sociales representativas en la Comunidad de Madrid, a propuesta del Vicepresidente Primero y Portavoz del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 27 de septiembre de 2007,
DISPONGO
Artículo único
Calendario laboral para el año 2008
El calendario laboral resultante para el año 2008 en el ámbito de la Comunidad de Madrid es el que se relaciona en el Anexo que se incorpora al presente Decreto, sin perjuicio de las dos fiestas locales que, además, corresponda celebrar en cada municipio.
DISPOSICIONES FINALES
Primera
Comunicación al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
De lo dispuesto en el presente Decreto se dará traslado al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales antes del 30 de septiembre de 2007.Segunda
Entrada en vigor y publicación
El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 27 de septiembre de 2007.
El Vicepresidente Primero y Portavoz del Gobierno, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ
La Presidenta , ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA
ANEXO
FIESTAS LABORALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL AÑO 2008
1 de enero (martes), Año Nuevo.
7 de enero (lunes), traslado de la Epifanía del Señor.
20 de marzo, Jueves Santo.
21 de marzo, Viernes Santo.
1 de mayo (jueves), Fiesta del Trabajo.
2 de mayo (viernes), Fiesta de la Comunidad de Madrid.
25 de julio (viernes), Santiago Apóstol.
15 de agosto (viernes), Asunción de la Virgen.
1 de noviembre (sábado), Todos los Santos.
6 de diciembre (sábado), día de la Constitución Española.
8 de diciembre (lunes), Inmaculada Concepción.
25 de diciembre (jueves), Natividad del Señor.
Además de las doce fiestas relacionadas se celebrarán en cada municipio dos fiestas locales:






